“DE LOS
OPERADORES PROFESIONALES DE CONGRESOS, FERIAS Y CONVENCIONES.
Son operadores
profesionales de congresos, las personas naturales o jurídicas legalmente
constituidas que se dediquen a la organización de certámenes como congresos,
convenciones, ferias, seminarios y reuniones similares, en sus etapas de
gerenciamiento, planeación, promoción y realización, así como a la asesoría y/o
producción de estos en forma total o parcial.”
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